Los abogados defensores José Ostolaza y Pablo Sotelo habían solicitado el 16 de abril la excarcelación y el arresto domiciliario con tobillera electrónica ante “la violación del plazo razonable” de prisión preventiva; “inexistencia de riesgos procesales”; y por la “medida de prohibir visitas en la unidad penal por la pandemia”.
Sin embargo, no fueron motivos suficientes para que el Supremo Tribunal de Justicia de Entre Ríos conceda el beneficio a la joven condenada. Los jueces tuvieron en cuenta para emitir su fallo, un informe médico que detalla el “buen estado de salud, nutrición y aseo”, como así también los detalles sobre el estado sanitario del pabellón donde se encuentra alojada.
La directora del Penal detalló que Nahir Galarza se encuentra en el pabellón 13, que comparte con otra interna para “preservar su integridad física”. Además aseguró que se le permite “realizar videollamadas con familiares”. Y posee en su pabellón una “bicicleta fija para realizar actividad física; televisión con cable y un baño con agua caliente”.
Por lo tanto, el argumento que esgrimió la defensa para solicitar la prisión domiciliaria “carece de todo sustento razonablemente atendible”, sostuvieron los jueces de la Sala 1.
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